Consiste en la transformación directa de la radiación solar en corriente eléctrica aprovechable para su uso directo.
Las principales aplicaciones de esta energía, son la conexión a Red y la autónoma.
El contador de salida se encarga de acumular los Kilowatios producidos para poder facturar a la compañía todos los meses, al precio del momento.
El Real Decreto 436/2004 (RD 436/2004 y Corrección RD 436/2004) establece una política de primas a la producción eléctrica en plantas fotovoltaicas, tendentes a favorecer el desarrollo de esta fuente renovable de energía. De acuerdo con ello se establecen las siguientes tarifas:
- Tarifa para instalaciones solares fotovoltaicas de hasta 100 Kw.: (0,440381€/Kwh.) que corresponde al 575% de la Tarifa eléctrica Media de Referencia. Garantizado los primeros 25 años. A partir de los 25 años, el 460% de la tarifa eléctrica media de referencia.

La conexión a red da la oportunidad de convertir un tejado de una nave industrial o un terreno rústico en desuso, en una excelente inversión de largo recorrido.
Las inversiones están subvencionadas a través del precio de facturación (575%)

El 10% de la instalación total es desgravable a través del IRPF y el IVA se recupera íntegramente.
La instalación puede estar operativa hasta los 40 años (según datos de las primeras que se instalaron con tecnología precaria).
La financiación habitual es de hasta el 80% con créditos blandos y suele avalar la propia instalación.
AUTONOMA
La instalación autónoma, permite disfrutar de energía eléctrica en lugares de difícil acceso a la red eléctrica. En estas condiciones, es indispensable proveer la instalación de unas baterías que almacenarán la energía producida en condiciones favorables (día-sol) y la cederán en el momento en que se necesite aunque no se esté produciendo (noche, nublado).

De la seguridad, se encargan los dispositivos de protección que deben instalarse necesariamente.